Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, Sección Segunda, de 30 de mayo de 2014, dictada en recurso de casación en interés de la ley núm. 2362/2013, interpuesto por el abogado del Estado, siguiendo instrucciones de la Abogacía General del Estado y de la Dirección General del Catastro, contra la Sentencia dictada el día 26 de marzo de 2013 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo sobre calificación catastral del suelo urbanizable sectorizado sin instrumento urbanístico de desarrollo, a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles
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dc.contributor.author |
Calderón González, Jesús María |
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dc.date.accessioned |
2014-08-13T11:42:20Z |
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dc.date.available |
2014-08-13T11:42:20Z |
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dc.date.issued |
2014-06 |
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dc.identifier.citation |
p. 239-255 |
en_US |
dc.identifier.issn |
1696-0955 |
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dc.identifier.uri |
http://hdl.handle.net/10873/1585 |
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dc.language.iso |
es |
en_US |
dc.publisher |
Fundación Democracia y Gobierno Local |
en_US |
dc.relation.ispartofseries |
QDL;35 |
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dc.subject |
Derecho urbanístico-España-Jurisprudencia |
en_US |
dc.title |
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, Sección Segunda, de 30 de mayo de 2014, dictada en recurso de casación en interés de la ley núm. 2362/2013, interpuesto por el abogado del Estado, siguiendo instrucciones de la Abogacía General del Estado y de la Dirección General del Catastro, contra la Sentencia dictada el día 26 de marzo de 2013 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo sobre calificación catastral del suelo urbanizable sectorizado sin instrumento urbanístico de desarrollo, a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles |
en_US |
dc.type |
Article |
en_US |
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