Los entes locales ante el Tribunal Supremo

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Título: Los entes locales ante el Tribunal Supremo
Autor: Bandrés Sánchez-Cruzat, José Manuel
Resumen: La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo comparte con los tribunales superiores de justicia la función de intérprete del ordenamiento de régimen local, articulándose las respectivas competencias casacionales de unificación de doctrina en base a que en los recursos se denuncie la infracción del Derecho estatal de régimen local o el Derecho autonómico local. El Tribunal Supremo sigue, sin embargo, asumiendo una posición prevalente en la interpretación de los conceptos nucleares que vertebran e informan el Derecho local, como se descubre en la exposición de las directrices que se infieren de sus sentencias, que interesan a la delimitación de la potestad normativa local, el estatuto de los electos locales o el alcance de las competencias de los entes locales. El Tribunal Supremo reconoce de forma expansiva la garantía institucional de la autonomía local, al considerar que los ayuntamientos asumen un ámbito de decisión propio en materia de ordenación urbanística, que les faculta para convocar y celebrar consultas populares de vecinos en esta materia, cumpliendo los requisitos exigidos en el artículo 71 de la Ley reguladora de las bases de régimen local. Palabras clave: Tribunal Supremo; tribunales superiores de justicia; jurisprudencia; principio de autonomía local.The administrative section of the Supreme Court and the Superior Courts of Justice of Autonomous Communities are the interpreters of the local legal system. The distribution of competences between them depends on whether the claim is based on federal or state law. However, the Supreme Court has a superior position when interprets the fundamental concepts and the basis of the local legal system. This position could be inferred from its case law related to the configuration of the normative power of local entities, the status of local representatives and the scope of the competences that local entities have. The Supreme Court recognizes, extensively, local autonomy as an institutional guarantee and, therefore, it considers that local entities have capacity to decide in the area of town planning. In this regard, local entities are able to celebrate local referendums in this area in compliance with the requirements established in section 71 of Law on the Basis of Local System. Keywords: Supreme Court; Superior Courts of Justice of Autonomous Communities; case law; local autonomy.
URI: http://hdl.handle.net/10873/1002
Fecha: 2011


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